Mi ex no paga la pensión: cómo reclamarla
Los impagos de pensión afectan directamente a la economía familiar y al día a día de sus hijos. Le orientamos para reclamar lo que corresponde.
En pocas palabras
Una pensión fijada en sentencia o en convenio aprobado judicialmente es obligatoria. Si no se paga, puede solicitarse la ejecución de la resolución para reclamar las cantidades adeudadas y, en determinados casos, el impago puede tener además consecuencias penales.
Es una de las consultas más frecuentes en derecho de familia: la pensión de alimentos de los hijos o la pensión compensatoria se fijó en la sentencia, pero los pagos llegan tarde, incompletos o han dejado de llegar. Mientras tanto, los gastos siguen ahí.
La ley ofrece mecanismos para reclamar. La vía habitual es pedir al juzgado que ejecute la sentencia, lo que permite embargar nóminas, cuentas u otros bienes del obligado al pago. Cuando el impago es reiterado, también puede valorarse la vía penal.
Antes de actuar conviene calcular bien la deuda, incluidas las actualizaciones anuales si están previstas, y reunir los justificantes. Le ayudamos a elegir la vía más eficaz según su situación.
Qué hacer ahora
Anote cada impago
Lleve un registro de las mensualidades no pagadas o pagadas en parte, con fechas e importes. Será la base de la reclamación.
Guarde los extractos bancarios
Los movimientos de su cuenta acreditan qué se ha cobrado y qué no. Descárguelos y consérvelos.
Localice la sentencia o el convenio
Necesitará la resolución judicial que fijó la pensión, con sus importes, actualizaciones y forma de pago.
Evite acuerdos informales de palabra
Aceptar que le paguen menos sin dejarlo por escrito puede complicar después la reclamación.
Consulte sin dejar pasar mucho tiempo
Cuanto antes se actúe, más fácil es localizar ingresos y bienes del deudor y evitar que la deuda crezca.
Errores frecuentes que conviene evitar
Documentación útil
- Sentencia de divorcio o separación y convenio regulador aprobado.
- Extractos bancarios donde se reflejen los pagos y los impagos.
- Relación de mensualidades impagadas con fechas e importes.
- Justificantes de gastos extraordinarios de los hijos no abonados.
- Datos conocidos sobre el trabajo o los bienes de su expareja.
- Comunicaciones en las que se hable del pago de la pensión.
Las pensiones no reclamadas pueden verse afectadas por plazos de prescripción. Si acumula impagos, consulte cuanto antes para no perder la posibilidad de reclamar.
Qué vías existen
Demanda de ejecución
Se solicita al juzgado que obligue al pago de lo adeudado, con posibilidad de embargo de salario, cuentas o bienes.
Vía penal por impago
El Código Penal castiga, con carácter general, el impago de la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos. Valoramos si procede en su caso.
Modificación de medidas
Si la situación económica de alguna de las partes ha cambiado de forma importante, puede ser necesario revisar la cuantía de la pensión.
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Dudas habituales en esta situación
¿Puede mi ex dejar de pagar porque ha perdido el trabajo?
No puede reducir o dejar de pagar la pensión por su cuenta. Si su situación ha cambiado, debe pedir una modificación de medidas al juzgado; mientras tanto, la obligación sigue vigente.
¿Qué ocurre si mi ex no tiene bienes a su nombre?
Se pueden investigar ingresos, cuentas y otros bienes a través del juzgado. También existe un Fondo de Garantía del Pago de Alimentos para determinados supuestos y con requisitos concretos, que podemos estudiar con usted.
¿Puedo reclamar también los gastos extraordinarios?
Sí, si están previstos en la sentencia o convenio y se han generado conforme a lo establecido. Conviene conservar las facturas y la comunicación previa al otro progenitor.
Reclame lo que corresponde a sus hijos
Envíenos por WhatsApp un resumen de los impagos y le explicaremos qué vías tiene para reclamar.