Abogados de separación de socios en Carabanchel
Cuando los socios dejan de entenderse, la empresa se resiente. Le ayudamos a buscar una salida ordenada que proteja su patrimonio y su negocio.
En pocas palabras
Le asesoramos si quiere salir de una sociedad, si otro socio pretende excluirle o si el desacuerdo ha bloqueado la toma de decisiones. Analizamos estatutos y pactos, valoramos las alternativas legales y negociamos o litigamos según convenga a sus intereses.
Muchas sociedades limitadas nacen entre amigos, familiares o antiguos compañeros de trabajo con mucha ilusión y pocas previsiones. Con el tiempo, las diferencias sobre la gestión, el reparto de beneficios o el rumbo del negocio pueden convertir la relación en un problema que paraliza la empresa.
La Ley de Sociedades de Capital prevé causas legales de separación del socio, como determinadas modificaciones estatutarias o la falta de reparto de dividendos en ciertos supuestos, además de las que puedan recoger los estatutos. También regula la exclusión de socios, la transmisión de participaciones y, en último término, la disolución de la sociedad.
En Abogado Carabanchel trabajamos con pequeñas empresas y negocios familiares de Madrid. Antes de proponer una estrategia, escuchamos su versión, revisamos la documentación societaria y valoramos con usted el coste y el plazo de cada alternativa, desde un acuerdo de compra de participaciones hasta la impugnación de acuerdos sociales.
¿Cuándo necesita un abogado para separarse de su socio?
Cómo le ayudamos
Radiografía societaria
Revisamos escrituras, estatutos, pactos de socios, actas y cuentas anuales para conocer su posición real.
Identificación de vías
Valoramos si existe causa de separación, opciones de venta, impugnación de acuerdos o acciones de responsabilidad.
Valoración de participaciones
Le orientamos sobre cómo se determina el valor razonable y cuándo conviene contar con un experto independiente.
Negociación
Intentamos un acuerdo de salida que sea viable para la empresa y razonable para usted.
Vía judicial
Si no hay acuerdo, ejercitamos las acciones que procedan ante los juzgados de lo Mercantil de Madrid.
Qué conviene preparar para la primera consulta
- Escritura de constitución y estatutos vigentes.
- Pacto de socios o acuerdos privados entre los socios, si existen.
- Libro registro de socios y actas de las últimas juntas.
- Cuentas anuales de los últimos ejercicios.
- Convocatorias y comunicaciones recibidas del órgano de administración.
- Cualquier documento que acredite el conflicto o las decisiones discutidas.
La impugnación de acuerdos sociales y el ejercicio del derecho de separación están sujetos a plazos que pueden ser breves. Si acaba de celebrarse una junta conflictiva, consulte cuanto antes.
Ventajas de tener asesoramiento profesional
Visión de conjunto
El conflicto societario tiene efectos fiscales, contables y personales que conviene valorar a la vez.
Uso de los derechos de información
Le ayudamos a ejercer correctamente su derecho de información y de voto para reforzar su posición.
Negociación con respaldo
Conocer las acciones legales disponibles mejora su posición en cualquier conversación con el otro socio.
Discreción
Tratamos el conflicto con confidencialidad para no dañar la imagen de la empresa ante clientes y proveedores.
Consejos prácticos
- Asista a las juntas o hágase representar y pida que conste en acta su oposición cuando no esté de acuerdo.
- Solicite por escrito la información que necesite antes de votar las cuentas o cualquier operación relevante.
- Evite decisiones unilaterales, como retirar fondos o llevarse clientes, que puedan volverse en su contra.
- Si está constituyendo una nueva sociedad, regule desde el principio las salidas en un pacto de socios.
Dudas sobre separación de socios
¿Puedo obligar a la sociedad a comprarme mis participaciones?
Solo cuando concurre una causa legal o estatutaria de separación. En ese caso, la sociedad debe reembolsar el valor de las participaciones, que a falta de acuerdo se fija con intervención de un experto. Fuera de esos supuestos, la salida suele pasar por negociar una venta.
¿Qué ocurre si no se reparten dividendos?
La Ley de Sociedades de Capital reconoce, con requisitos concretos, un derecho de separación cuando la junta no acuerda repartir una parte de los beneficios durante varios ejercicios. Es una cuestión técnica: hay que revisar las cuentas y los acuerdos de cada año.
¿Pueden excluirme de la sociedad?
La exclusión solo es posible por las causas previstas en la ley o en los estatutos y siguiendo el procedimiento establecido. Si se intenta sin causa o sin respetar las formas, el acuerdo puede impugnarse.
La sociedad está bloqueada, ¿qué opciones hay?
Cuando la junta no puede adoptar acuerdos de forma reiterada, la ley contempla la disolución como salida. Antes de llegar ahí, suele ser preferible explorar una compra de participaciones o una mediación que permita mantener el negocio en marcha.
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