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Patrimonio y vivienda

Tengo deudas que no puedo pagar: qué opciones existen

Vivir con deudas que no puede atender genera angustia constante. Existen soluciones legales y le ayudamos a saber si encajan en su situación.

Tengo deudas que no puedo pagar

En pocas palabras

Si un particular o un autónomo no puede pagar sus deudas, puede negociar con sus acreedores o acudir al procedimiento de segunda oportunidad regulado en la Ley Concursal, que permite, cumpliendo requisitos como la buena fe, obtener la exoneración de deudas o un plan de pagos.

Un préstamo para un coche, varias tarjetas revolving, un negocio que no salió bien o una separación que desequilibró la economía familiar. Las deudas crecen con intereses y llamadas de recobro, y llega un punto en que es imposible pagarlas todas.

La Ley Concursal regula el mecanismo conocido como Ley de Segunda Oportunidad, que permite a personas físicas —particulares y autónomos— en situación de insolvencia obtener la exoneración del pasivo insatisfecho, con o sin plan de pagos, siempre que cumplan los requisitos legales y actúen de buena fe.

Antes de iniciar ningún procedimiento estudiamos su situación completa: ingresos, bienes, tipos de deuda y acreedores. También revisamos si alguno de sus contratos podría contener cláusulas o intereses abusivos, porque eso puede cambiar la cifra real de lo que debe.

Qué hacer ahora

  1. Haga una lista completa de deudas

    Acreedor, importe pendiente, cuota mensual y si hay avalistas. Incluya también deudas con Hacienda o la Seguridad Social.

  2. Calcule sus ingresos y gastos reales

    Saber cuánto entra y cuánto necesita para vivir es imprescindible para valorar cualquier solución.

  3. Guarde todos los contratos

    Préstamos, tarjetas y financiaciones. Su revisión puede revelar intereses o comisiones discutibles.

  4. No pida nuevos créditos para pagar los anteriores

    Encadenar préstamos suele agravar el problema. Mejor detenerse y buscar asesoramiento.

  5. Consulte antes de ocultar o vender bienes

    Desprenderse de bienes ante una situación de insolvencia puede impedir acogerse a la segunda oportunidad y tener otras consecuencias.

Errores frecuentes que conviene evitar

Pedir préstamos rápidos con intereses muy altos para atender otras deudas.
Poner bienes a nombre de familiares para evitar embargos.
Ignorar las notificaciones judiciales o de los acreedores.
Dar por hecho que todas las deudas pueden cancelarse sin revisar los requisitos.

Documentación útil

  • Listado de deudas con acreedores e importes.
  • Contratos de préstamos, tarjetas y financiaciones.
  • Nóminas, pensiones o declaraciones de la renta recientes.
  • Escrituras o documentación de bienes a su nombre.
  • Notificaciones de embargos, demandas o reclamaciones recibidas.
  • Certificados de deuda con Hacienda o Seguridad Social, si los tiene.

No todas las deudas se exoneran de la misma forma: las deudas con Hacienda y la Seguridad Social, entre otras, tienen límites específicos. Por eso es esencial un estudio previo antes de iniciar el procedimiento.

Posibles soluciones

Qué vías existen

Negociación con acreedores

En algunos casos, una propuesta seria de quita o de nuevo calendario de pagos puede ser aceptada por los acreedores.

Ley de Segunda Oportunidad

Procedimiento judicial para personas físicas insolventes que permite exonerar deudas, con o sin plan de pagos, si se cumplen los requisitos legales.

Revisión de cláusulas abusivas

Tarjetas revolving, préstamos o hipotecas pueden contener intereses o cláusulas abusivas cuya reclamación reduce la deuda.

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Preguntas frecuentes

Dudas habituales en esta situación

¿Puedo acogerme si soy autónomo?

Sí. La segunda oportunidad está pensada para personas físicas, sean particulares o autónomos, siempre que cumplan los requisitos legales y actúen de buena fe.

¿Perderé mi vivienda?

Depende de su situación. En algunos supuestos la ley permite conservar la vivienda habitual mediante un plan de pagos. Lo valoramos con usted antes de decidir.

¿Saldré de los ficheros de morosos?

Una vez obtenida la exoneración, las deudas exoneradas no pueden seguir reclamándose, y es posible solicitar la actualización de los registros de solvencia correspondientes.

Empiece a ordenar su situación económica

Explíquenos por WhatsApp qué deudas tiene y le orientaremos sobre las opciones que pueden encajar en su caso.